• Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 3753/2021
  • Fecha: 22/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: La Sección 4ª confirma el criterio adoptado por precedentes sobre si en los concursos de méritos de funcionarios de carrera la experiencia a valorar como mérito específico para las funciones del puesto de trabajo, debe ser la adquirida como funcionario de carrera o puede entenderse evaluable también la adquirida como personal laboral. Así, la STS de 20 de julio de 2022 (RC n.º 5305/2020) resolvió si en las circunstancias la distinta naturaleza de la relación, es decir, el carácter laboral de la misma, impide que se valoren a efectos de antigüedad y de mérito los servicios prestados en cuanto tal en el concurso de traslados convocado por la resolución de 14 de julio de 2016, concluyendo que no es posible en virtud del principio de no discriminación, por lo que aplicando esa doctrina al caso, que se compute la experiencia alegada y obtenida como personal laboral, teniendo en cuenta que sólo ha pertenecido a una escala y que no se han formulación objeciones al respecto declaramos su derecho al puesto solicitado de Jefa de Área de Coordinación.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 434/2022
  • Fecha: 20/12/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Función pública. La prestación de servicios con carácter temporal durante la situación de crisis sanitaria derivada del COVID 19, puede justificar una diferente baremación del tiempo de servicios prestados en los mismos puestos de trabajo y con idénticas funciones, respecto del desempeñado, con carácter temporal durante el periodo de tiempo no afectado por la crisis sanitaria.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 6662/2022
  • Fecha: 15/12/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Derechos Fundamentales. Alcance de la responsabilidad conjunta y solidaria de los miembros de la unidad familiar en la tributación conjunta del IRPF, y si la declaración de responsabilidad conjunta y solidaria de los menores de edad sin rentas es o no contraria al artículo 14 CE.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 7483/2021
  • Fecha: 30/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: MEDIDAS SANITARIAS. Ratificación. La jurisprudencia sobre la autorización o ratificación de medidas sanitarias restrictivas de derechos fundamentales en caso de pandemia, es sustancialmente aplicable aun cuando se dirijan a personas individualizadas y determinadas, luego para acordarlas debe superarse el juicio de necesidad, idoneidad, proporcionalidad atendiendo a las circunstancias de la crisis sanitaria de que se trate. Al destinarse esas medidas restrictivas a personas individualizadas, no cabe una justificación genérica, luego la exigencia de motivación, concreción y justificación debe ajustarse a la situación de esas personas en relación con el alcance y entidad de la concreta crisis sanitaria, de los focos de contagio y peligros de transmisión.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 4980/2021
  • Fecha: 23/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: El TS siguiendo precedentes señala que en virtud de la seguridad jurídica y la igualdad en el acceso a la función pública, la controversia sobre la nota de corte que debe ser superada en el concurso-oposición sanitario en el SESCAM, se cambió infringiendo aquéllos principios: inicialmente se estuvo a la nota original del último aprobado y posteriormente se modifica y pasa a ser una nota superior tras la revisión de oficio, sin una justificación relevante ni razonable. Asimismo, en virtud de las sentencias 1282/2021 y 40/2022, procede aplicar la nota original en relación con la del último aprobado, de modo que si se supera dicha nota, que en este grupo y en el caso examinado es de 50,37, debe reconocerse a la recurrente, que tiene una nota superior de 57,1450 puntos, el derecho a ser nombrada personal estatutario en la categoría de enfermera, con los efectos administrativos y económicos que establece la sentencia firme que se ejecuta.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA DEL PILAR TESO GAMELLA
  • Nº Recurso: 7718/2020
  • Fecha: 22/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: No ha lugar al recurso de casación interpuesto contra sentencia que desestimó el recurso interpuesto por el recurrente en casación contra varias resoluciones dictadas en el seno del proceso selectivo de acceso al empleo público por el sistema de concurso-oposición para cubrir la plaza por el turno libre para oficial del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid. El recurso de casación se admitió a trámite por tener interés casacional determinar si en un proceso selectivo de acceso al empleo público por el sistema de concurso-oposición, la calificación obtenida en la fase de concurso únicamente puede ser empleada a efectos de establecer el orden en que quedan clasificados los aspirantes que han superado o superen la fase de oposición, y sin que por tanto la calificación de la fase de concurso pueda sumarse a la obtenida en la fase de oposición para determinar los aspirantes que superan el proceso selectivo. Para el TS la cuestión controvertida se centra únicamente en la interpretación que debía de hacerse de las bases especificas de la convocatoria para la determinación y ordenación de la lista de aprobados, en relación con la naturaleza de las pruebas selectivas, al tratarse de un concurso-oposición y la mayor relevancia que confieren las bases de la convocatoria a la fase de oposición, es una circunstancia que, por sí misma, no acarrea la invalidez de las pruebas selectivas.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS REQUERO IBAÑEZ
  • Nº Recurso: 6426/2021
  • Fecha: 21/11/2022
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: En aplicación del criterio concordante de otros pronunciamientos de la Sala Tercera, concluye el Alto Tribunal que las universidades públicas como Administración Pública institucional y, dentro de las mismas, el claustro universitario como órgano de gobierno representativo de una comunidad universitaria plural, no puede adoptar acuerdos que se tengan como voluntad de la Universidad y que se refieran a cuestiones de naturaleza política o ideológica, propias del debate social y político, ajenas al objeto y funciones de la Universidad y que dividen a la ciudadanía.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 5002/2022
  • Fecha: 03/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Se admite a trámite el recurso de casación preparado contra sentencia que desestimó el procedimiento especial para la protección de derechos fundamentales contra Orden Foral 63/2021, de 27 de diciembre, por la que se establecen medidas sanitarias preventivas específicas de carácter extraordinario por la situación epidemiológica derivada del Covid 19, y modifica la Orden Foral 60/2021, de 24 de noviembre de la Consejería de Salud. Tiene interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia determinar si el ámbito de un proceso ordinario de cognición plena y a efectos de valorar la posible vulneración del principio de legalidad y de proporcionalidad de las medidas sanitarias preventivas específicas y extraordinarias adoptadas por las administraciones públicas por la situación epidemiológica derivada del Covid 19, procede aplicar directamente la decisión sobre la procedencia de los certificados Covid adoptada en el ámbito de ratificación judicial de medidas sanitarias ex artículos 10.8 y 11.1 j) de la Ley jurisdiccional, o es necesario efectuar y fundamentar expresamente el control de legalidad, y la incidencia que en ello pudiera tener la declaración de inconstitucionalidad de esos preceptos legales por la STC 70/2022, de 2 de junio.
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 6204/2022
  • Fecha: 03/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: la cuestión en la que se entiende que existe interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia es que se precise, si el ámbito de un proceso ordinario de cognición plena y a efectos de valorar la posible vulneración del principio de legalidad y de proporcionalidad de las medidas sanitarias preventivas específicas y extraordinarias adoptadas por las administraciones públicas por la situación epidemiológica derivada del Covid 19, procede aplicar directamente la decisión sobre la procedencia de los certificados Covid adoptada en el ámbito de ratificación judicial de medidas sanitarias ex artículos 10.8 y 11.1 j) de la Ley jurisdiccional, o es necesario efectuar y fundamentar expresamente el control de legalidad, y la incidencia que en ello pudiera tener la declaración de inconstitucionalidad de esos preceptos legales por la STC 70/2022, de 2 de junio
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: ANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
  • Nº Recurso: 6105/2022
  • Fecha: 03/11/2022
  • Tipo Resolución: Auto
Resumen: Salud Pública. Precisar, si el ámbito de un proceso ordinario de cognición plena y a efectos de valorar la posible vulneración del principio de legalidad y de proporcionalidad de las medidas sanitarias preventivas específicas y extraordinarias adoptadas por las administraciones públicas por la situación epidemiológica derivada del Covid 19, procede aplicar directamente la decisión sobre la procedencia de los certificados Covid adoptada en el ámbito de ratificación judicial de medidas sanitarias ex artículos 10.8 y 11.1 j) de la Ley jurisdiccional, o es necesario efectuar y fundamentar expresamente el control de legalidad, y la incidencia que en ello pudiera tener la declaración de inconstitucionalidad de esos preceptos legales por la STC 70/2022, de 2 de junio.

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